En Chile, cuando un embargo recae sobre bienes de una persona que no es el deudor , existen dos herramientas legales para defender su propiedad o tenencia: la tercería de dominio y la tercería de posesión , ambas reguladas en los artículos 518 y siguientes del Código de Procedimiento Civil .

El abogado y director legal de GrupoDefensa.cl, Mario Espinosa , explica que “cuando hay un embargo que recae sobre bienes que no son del deudor, la única forma de dejar sin efecto ese embargo es a través de una tercería. Si no se presenta, se presume que los bienes son del deudor” .

La tercería de dominio busca proteger al propietario legítimo del bien embargado, en cambio la tercería de posesión busca proteger a quien usa o detenta legalmente el bien, aunque no sea su dueño, per

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