El derecho a buscar asilo no es ilimitado . El artículo 14 de la declaración de los derechos humanos deja claro que no se puede conceder asilo a personas para que eviten el enjuiciamiento por "delitos no políticos o actos contrarios a los propósitos y principios de las Naciones Unidas".
La primera distinción que debe hacerse entonces es si los delitos imputados tienen naturaleza política o carecen de ella. Como bien sostuvo Pablo Monroy Conesa en la mañanera, flanqueado por la valiosa presidenta mexicana, la física Claudia Sheinbaum (pocos países tienen el honor de tener a una física como presidenta, la Alemania de Merkel fue el antecedente más próximo) el delito aquí en discusión es un delito eminentemente “político”. Acaso, el más político de todos: la rebelión.
Recordemos que est

La República