Por: Mtro. Víctor A. Ontiveros Franco

Con la vigencia de la Ley General del Servicio Profesional Docente – en delante LGSPD- se creó una promoción del tipo vertical para el personal docente al puesto denominado como Personal Docente con Funciones de Asesoría Técnica Pedagógica, mejor conocido como “ATP”.

El personal docente interesado en hacerse de la promoción debía participar en el concurso de oposición correspondiente cuyo procedimiento, por así establecerlo el artículo 41 de la LGSPD, estaba reglamentado en el Título Segundo, Capítulo IV de la LGSPD denominado De la Promoción a Cargos con Funciones de Dirección y de Supervisión, para el cual debían cumplir con:

1)Tener el mínimo de dos años de antigüedad ejerciendo la función docente y

2)Tener el perfil requerido.

El procedimiento

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