El Juzgado 31 Administrativo de Sección Tercera de Bogotá, D.C., en fallo de tutela del 24 noviembre de 2025, encontró que la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC, VULNERÓ los derechos fundamentales al DEBIDO PROCESO y al BUEN NOMBRE de SAYCO, con ocasión a las publicaciones realizadas por diferentes redes sociales en las cuales indicaba que SAYCO había sido sancionada con una multa de 5 mil 300 millones de pesos por prácticas que vulneraban la libre competencia.
El juzgado al analizar las publicaciones realizadas evidenció que la SIC incurrió en las siguientes irregularidades:
i) Desconoció las formas propias del proceso administrativo sancionatorio, que exige la firmeza de los actos administrativos como condición para su publicidad.
ii) La SIC pretendió con esta publicación

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