Por Noemí López
Ciudad de México. — En un fallo histórico, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el pasado martes diversas disposiciones del Código Penal y de la Ley de Salud de Tlaxcala, eliminando la penalización del aborto en la entidad.
La SCJN declaró inconstitucionales los artículos —entre ellos los artículos 242 y 243, fracciones I y II— del Código Penal de Tlaxcala que criminalizaban la interrupción del embarazo.
También fue anulada la norma del estado que condicionaba el acceso al aborto legal a la autorización de un Ministerio Público (MP), denuncia previa por violencia sexual, o consentimiento de familiares cuando se trataba de menores.
Con ello, la Corte ordenó que las instituciones de salud de Tlaxcala brinden atención médica i

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