Las licencias de maternidad y paternidad son consideradas como tiempo efectivo laborado.
Mineral de la Reforma, Hgo., 3 de diciembre de 2025. El aguinaldo es una prestación irrenunciable de las y los trabajadores, que debe ser cubierta antes del 20 de diciembre en efectivo y en ningún momento deberá liquidarse en especie, como mercancías, vales, fichas o cualquier otro medio que sustituya la moneda en curso legal, señaló el titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), Óscar Javier González Hernández.
Agregó que una opción para realizar el pago de esta prestación, en conformidad con las y los trabajadores, podrá ser depositada en cuenta bancaria o transferencia electrónica, de acuerdo con el Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT).
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