El Tribunal Administrativo de Cundinamarca emitió una decisión que marca un precedente en el país sobre los límites en el uso de las redes sociales institucionales. La Sala concluyó que el Servicio Geológico Colombiano (SGC) utilizó sus canales oficiales para difundir mensajes políticos y exaltar la figura del presidente Gustavo Petro, incumpliendo las restricciones previstas en el artículo 10 de la Ley 1474 de 2011.
La decisión responde a una acción de cumplimiento interpuesta por la Fundación para el Estado de Derecho, que denunció la publicación, desde la cuenta oficial del SGC en la red X, de contenidos relacionados con la crisis de la Nueva EPS y la etiqueta #SeRobaronLaSalud, así como la convocatoria a la movilización del 24 de octubre en la Plaza de Bolívar bajo el hashtag #El2

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