El día de las Elecciones Generales 2026, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú –debidamente uniformados e identificados– podrán sufragar en locales de votación cercanos al lugar donde estén realizando labores propias de su función y no en el distrito que les correspondería de acuerdo al domicilio que figura en su documento nacional de identidad. La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) les dará esta facilidad –establecida en la ley n.° 32166– con el fin de que ejerzan su derecho al sufragio, reconocido desde el 2005.

Antes de ese año, los miembros en actividad de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú no podían elegir ni ser elegidos, pues así lo establecía un artículo de la Constitución Política, que fue modificado por la

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