La Sala Plena de la Corte Constitucional modificó el artículo 58 del Código Penal, por lo que la reincidencia deja de ser una causal para aumentar las penas.
La decisión fue tomada el pasado 10 de diciembre, con la ponencia del magistrado Miguel Polo Rosero, quien estudió una demanda contra la Ley 2197 de 2022.
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En este apartado del Código Penal se indicaba que si el procesado dentro de los 5 años anteriores a la comisión de la conducta punible, fue condenado mediante sentencia en firme por un delito doloso se le podía aumentar la pena como reincidente.
Esta decisión fue dada a conocer por El Tiempo, que apuntó que la Corte Constitucional acogió el concepto de la Corte Supre

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