CIUDAD VALLES.- Los desaparecidos por la delincuencia o por otras razones dejan pendientes que los familiares deben arreglar en los Juzgados, para hacer oficial la “ausencia” o la “presunta muerte”.

Una persona desaparecida no es una persona muerta, sin embargo, después de mucho tiempo, los familiares pueden solicitar un juicio basado precisamente en la desaparición, para que se legalice la ausencia o se presuma la muerte, con el fin de que los bienes o trámites que el desparecido dejó pendientes, puedan llevarse a cabo.

A la Oficialía número 1 del Registro Civil han llegado dos solicitudes de trámite de este tipo: una, de inscripción de sentencia de ausencia y otra más de presunción de muerte, documentos que se expiden ante la desaparición, aunque sin la certeza del deceso.

Alma Emma R

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