El Congreso de la Ciudad de México aprobó el dictamen a la iniciativa para reformar el primer párrafo, adicionar un segundo párrafo y recorrer el subsecuente del artículo 125 del Código Penal local, en materia de homicidio, conocida como “Ley Crucito”.

El homicidio cometido contra un hermanastro, hermanastra, hijastro o hijastra se castigará con hasta 30 años de cárcel, además de la pérdida de los derechos que el agresor tenga respecto de la víctima.

La diputada Elizabeth Mateos Hernández (MORENA) recordó la historia de un pequeño de apenas seis años, originario de Iztacalco, al que llamaban cariñosamente Crucito, “que fue arrebatado de este mundo por la violencia de quien debía protegerlo: la pareja sentimental de su madre”.

La legisladora Mateos Hernández expresó que esta reforma lega

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