
La empresa que se tiene adjudicado el servicio de medios aéreos para la extinción de incendios en Castilla-La Mancha tiene previsto iniciar una huelga el próximo miércoles 20 de agosto que se prolongará hasta el 31 de enero de 2026. Se trata de una huega ininterrumpida, todos los días y durante las 24 horas que llega en plena oleada de incendios forestales en buena parte del país, y con temperaturas extremas.
Se trata de la empresa Pegasus Aviacion, S.A. que presta el servicio público de medios aéreos adscritos al Plan INFOCAM,. El parón está convocado entre el colectivo de pilotos y copilotos en todo el territorio nacional.
Pegasus Aviacion, S.A. es adjudicataria de tres lotes del servicio público de medios aéreos del Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha, INFOCAM. Son en total 18 helicópteros tipo A de transporte y extinción y la intención de huelga se comunicó el pasado 5 de agosto.
La Consejería de Desarrollo Sostenible ha publicado este lunes una resolución que establece los servicios mínimos para esta huelga y lo establece en el 100% del personal necesario para mantener operativo el servicio afectado con los tiempos de respuesta habituales.
“Deben permanecer disponibles en su totalidad según el horario de funcionamiento de cada base durante todos los días y períodos en que los convocantes han anunciado los paros, y con presencia física y tiempos de respuesta habituales para que las aeronaves permanezcan operativas y atiendan cualquier emergencia, requerimiento y/o activación que se presente”, señala esta resolución.
La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se establecen en esta resolución corresponderá a las personas titulares de la empresa afectada por la convocatoria.
Y es que, apunta la Consejería de Desarrollo Sostenible, los contratos con esta empresa “tienen por objeto la prestación de un servicio esencial de reconocida e inaplazable necesidad, que opera siempre en situaciones de emergencia por incendio forestal”.
La naturaleza de este servicio impide su programación previa, ya que los medios aéreos se movilizan únicamente ante la declaración de una emergencia y el Gobierno de Castilla-La Mancha recuerda que su servicio es “indispensable para la protección civil, seguridad y medio ambiente”. De ahí que “la continuidad y operatividad del servicio no pueden verse interrumpidas ni gravemente afectadas por el ejercicio del derecho de huelga”.
El artículo 28.2 de la Constitución Española reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses subraya el Ejecutivo autonómico para recordar también que “la ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”.