
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha archivado la denuncia presentada por supuesto intento de detención ilegal por los hechos ocurridos el pasado 1 de agosto cuando una comisión judicial trató de trasladar a las monjas ancianas de Belorado del monasterio de Orduña (Bizkaia) a otros monasterio de la Federación de Clarisas.
La Sala de lo Civil y Penal del TSJCyL considera, en sentencia emitida este lunes, que “no procede abrir procedimiento alguno penal, dado que no existe querella legal formulada contra los supuestos autores del delito denunciado -que tampoco están determinados en la denuncia- ni dispone el tribunal de conocimiento sobre los hechos que le autorizarían a una actuación de oficio.
De acuerdo con la sentencia, facilitada este martes por el gabinete de prensa, la denuncia la presentó el abogado de las exmonjas de Belorado, Enrique García de Viedma, en nombre de cuatro de las cinco monjas mayores, ya que sobre la quinta no tiene poderes de representación.
La denuncia relata una serie de hechos que, para el abogado, serían constitutivos de delitos de falsedad en documento público, impedimento del ejercicio de derechos constitucionales e intento de detención ilegal, si bien “no se identifica en el escrito presentado la persona/s contra la que se dirige la denuncia”.
Los hechos denunciados hacen referencia a las medidas cautelares dictadas por el Juzgado de Briviesca, los días 30 y 31 de julio, como complemento a procedimientos de provisión de medidas de apoyo, en las que la jueza atiende la petición realizada por el Ministerio Fiscal y el comisario pontificio de Belorado -el arzobispo de Burgos-, autorizando el traslado de las monjas mayores a otros conventos de las Clarisas.
Ante la ausencia de concreción de la denuncia, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León deduce que se dirigiría contra la juez de Briviesca -aforada, recuerda-, contra la Fiscalía -también aforados- y contra personas no aforadas, que sería el comisario pontificio.
Sin embargo, al no haber una querella legal interpuesta contra las personas aforadas, y al no disponer el tribunal de conocimiento de la causa que autorizaría una actuación de oficio, considera que “no concurre ninguno de los supuestos de incoación comprendidos en el artículo 40d de la Ley Orgánica del Poder Judicial”.
Y, por tanto, “resulta obvio que no procede abrir procedimiento alguno penal”, por lo que procede a archivar la denuncia, y le recuerda al abogado que tiene otras vías legadas, por lo civil, para actuar.
Se refiere al hecho de que la denuncia recoge la supuesta disconformidad de las hermanas mayores a abandonar el monasterio de Orduña, una “disconformidad que debe canalizarse a través de los recursos legalmente previstos en procedimientos de índole civil”, indica la sentencia, “sin que ello suponga, por sí solo, la comisión de los hechos delictivos que se relatan”.
Intento de traslado ante el desahucio
El viernes 1 de agosto, una comisión judicial compuesta por Guardia Civil, miembros de la Federación de Clarisas y del Arzobispado de Burgos se personó primero en el monasterio de Belorado y luego en el de Orduña con la intención de trasladar a las cinco hermanas mayores a otros conventos de Clarisas, hecho que finalmente no se produjo.
La acción respondía a un auto de medidas cautelares autorizado por el Juzgado de Briviesca, y coincidió en el tiempo con la publicación de la sentencia que daba la razón al Arzobispado de Burgos en su demanda de desahucio de las ocho monjas excomulgadas por un delito de cisma, a las que ha condenado a desalojar el monasterio de Belorado, “con apercibimiento de lanzamiento si no lo hacen voluntariamente”.