El Consejo de Ministros ha activado el procedimiento para que las personas afectadas por los incendios de este verano puedan reclamar ayudas. El primer paso ha sido la declaración de zonas afectadas por emergencias de protección civil. En total, 118 episodios, de los que 115 son incendios, según ha enumerado el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.

Esa declamación de zonas afectadas por emergencias de protección civil abarca a 16 comunidades autónomas. “Todas excepto el País Vasco”, ha indicado Grande-Marlaska, porque también incluye las danas de principio de verano. “El episodio no ha concluido”, ha reconocido, por lo que aún no es posible determinar la afectación por los incendios, ni las ayudas concretas por “una de las mayores catástrofes medioambientales” que han afectado a España.

“Hemos puesto en marcha el mecanismo de ayudas, para que, cuanto antes, inicien el proceso de volver a la normalidad en sus vidas”, ha indicado el ministro del Interior.

A partir de ahora, tendrán que analizar y actuar los distintos ministerios. “La declaración de zona afectada por una emergencia permite que todos los departamentos empiecen a dictar todas las resoluciones oportunas”, ha apuntado el ministro. Por ejemplo, “la ministra de Hacienda con todos los datos, dictará las resoluciones oportunas en materia fiscal”, ha señalado. Lo mismo, en el caso de Seguridad Social, Trabajo o Agricultura, “teniendo en cuenta los daños de una emergencia que no ha concluido”. Además, el Gobierno puede decretar también un Decreto Ley con ayudas concretas, ha señalado Grande-Marlaska.

La Ley de Protección Civil indica que cuando el Consejo de Ministros declare una zona afectada gravemente por una emergencia se podrá aprobar una amplia batería de ayudas e incentivos. Entre otras, exenciones en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles y reducciones en el Impuesto sobre Actividades Económicas. También, ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad, por daños en producciones agrícolas o ganaderas o compensaciones a las Corporaciones Locales o empresas, entre otros, además de préstamos subvencionados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO).

La norma también contempla medidas laborales y de Seguridad Social, como la compensación de las extinciones o suspensiones de contratos de trabajo por causa de fuerza mayor.

Ampliar las indemnizaciones

Preguntado por si el Gobierno está abierto a ampliar las indemnizaciones, el ministro se ha mostrado dispuesto a esta posibilidad. En cuanto a los daños por la perdida de vivienda, estas pueden ampliarse respecto a lo previsto en el real decreto que regula las subvenciones en atención a determinadas necesidades derivadas de situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica.

“Es cierto que en la dana y en el Volcán Cumbre Vieja se ampliaron [las ayudas] y estamos trabajando en que se adecúen a los daños”, ha indicado Grande-Marlaska. En concreto, ha dicho que están “trabajando en una modificación” de ese decreto “desde antes de este episodio”, ya que las ayudas, ha reconocido, están desactualizadas.

Ese decreto, 307/2005, recoge que “por destrucción total de la vivienda habitual, se podrá conceder ayuda, según el coste económico valorado de los daños, hasta una cuantía máxima de 15.120 euros” y “por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, referidos únicamente a las dependencias destinadas a la vida familiar, se concederá una cantidad correspondiente al 50% de los daños valorados, no pudiendo superar la ayuda la cantidad de 10.320 euros”.