El 8 de agosto de 2025 el Ejecutivo nacional volvió a decretar una emergencia económica, a pesar de haberlo hecho casi 5 meses antes, concretamente el 9 de abril, y haber transcurrido los 60 días de su vigencia, así como (sobradamente) el plazo constitucional de 60 días más de su posible prórroga.
La prórroga no consta en instrumento oficial alguno, por lo que entre su vencimiento el 7 de junio y el decreto del 8 de agosto pasaron 2 meses supuestamente sin emergencia alguna, por lo que el decreto presidencial n.° 5.157, publicado en la Gaceta Oficial extraordinaria n.° 6.924 del 8 de agosto , es nuevo.
No obstante, cuando se comparan los contenidos de ambos decretos, el de abril y el de agosto, resultan casi idénticos, por lo que el actual parece ser más una reedición del primero.
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