Tomando en cuenta el artículo 42(7) del Estatuto de Roma y la regla 35 del reglamento de Procedimiento y Prueba, este martes la Corte Penal Internacional aceptó formalmente la solicitud del fiscal Karim A. Khan de apartarse de la investigación sobre crímenes de lesa humanidad en Venezuela.

La decisión surge tras considerar la existencia de un posible conflicto de intereses que pudiera interferir en el proceso.

Cinco jueces de apelaciones de la CPI habían solicitado a Khan que se separara del caso el 1 de agosto porque su cuñada, la abogada penalista internacional Venkateswari Alagendra, forma parte del equipo legal que representa a Nicolás Maduro.

Para la Presidencia de la CPI este vínculo familiar y profesional “podría llevar a un observador imparcial y razonable a temer la existencia

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