A una sanción de hasta 15 Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes ( 711.750 pesos colombianos ) y hasta la posterior inmovilización del vehículo son las los motociclistas que no porten una prenda reflectiva en Cali.
Sin embargo, en las vías de la ciudad aún hay un debate en torno a si este elemento solo debe ser utilizado por quien conduce el vehículo o también por su acompañante.
Para responder a ese interrogante, el agente de tránsito Anyelo Millán le recordó a la ciudadanía que ambas personas que se movilicen en la motocicleta deben portar la prenda reflectiva desde las 6:00 de la tarde.
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De hecho, indicó que, pese a que el artículo 96 del Código Nacional de Tránsito establece que se debe llevar este elemento desde cierta hora , lo correcto sería