El Poder Ejecutivo Nacional dispuso, a través del Decreto 629/2025 publicado en el Boletín Oficial, la derogación del régimen jurídico que regulaba la venta y distribución de diarios, revistas y afines en la vía pública, vigente desde el año 2000. A partir de ahora, la actividad quedará sujeta al Código Civil y Comercial y a las normas locales que resulten aplicables, eliminando así las restricciones que hasta el momento imponía el Estado Nacional.
La norma también habilita que los puestos de diarios puedan registrarse como operadores postales ante el Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), o bien asociarse con un operador autorizado, para ofrecer nuevos servicios. Entre ellos, la entrega de correspondencia, paquetería, documentación personal, tarjetas de crédito y débito, así