La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó en el Diario Oficial de la Federación el reglamento que establece que el Pleno podrá realizar, de manera excepcional, “sesiones itinerantes”.

De acuerdo con el Reglamento de Sesiones de la SCJN y de integración de las listas de asuntos con proyecto de resolución, hay cuatro tipos de sesiones: las ordinarias, extraordinarias, solemnes y privadas.

“Las sesiones se celebrarán en las sedes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. De manera excepcional, el Pleno podrá sesionar en sedes distintas a la principal cuando así lo determine en razón del interés y trascendencia del asunto en cuestión”, se establece.

Las sesiones extraordinarias se realizarán en cualquier fecha y horario, aun en los periodos de receso, cuando el asunto lo

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