El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional declaró infundada la solicitud del general en retiro del Ejército Peruano (EP) Petronio Baltazar Fernández Dávila Carnero para acogerse a la excepción de amnistía por el delito de desaparición forzada de personas.
El juez Jorge Chávez Tamariz inaplicó la Ley N° 32419, que concede amnistía a los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional (PNP) y los Comités de Autodefensa por hechos ocurridos entre 1980 y 2000, haciendo uso del control difuso que le otorga el artículo 138 de la Constitución Política de 1993.
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Fernández Dávila Carnero era y jefe político militar de la Subzona de S