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El Gobierno nacional fijó un máximo de $ 26.500 millones anuales para las erogaciones destinadas al recupero de saldos fiscales acumulados con el objetivo de apuntalar el superávit fiscal.
De esta manera, decidió privilegiar a empresas energéticas y de transporte. Así quedó establecido en la Resolución 1353/2025 del Ministerio de Economía, que fue publicada en el Boletín Oficial.
Este límite máximo aplica a saldos acumulados que se originan en créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se generó durante el año 2024.
También incluye los créditos fiscales generados entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2023, que no fueron objeto de recupero bajo los límites máximos establecidos en años anteriores.
El régimen de recupero de saldo es aplicable a sujetos que desarroll