La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, aclaró que las personas naturales que adquieran vehículos eléctricos o híbridos para uso personal sí podrán acceder a beneficios tributarios , siempre y cuando cuenten con la certificación de la Unidad de Planeación Minero Energética, UPME.
La decisión modifica el Concepto No. 012101 de 2025, que inicialmente había dejado por fuera a los compradores particulares y solo contemplaba incentivos para proyectos empresariales de gran escala.
Con la nueva interpretación, se despeja la incertidumbre que durante meses generó dudas en el mercado automotor colombiano.
El IVA para vehículos eléctricos e híbridos certificados es del 5 % frente al 19 % para los de combustión. | Foto: 123rf
¿Qué beneficios tributarios aplican?
De acuerdo con