Es decir, por un lado el usuario podrá abonar solo el servicio eléctrico; y aparte pagará alumbrado público, servicio solidario de sepelios, Jardín del Cielo, tasa de Bomberos, tasa de Fiscalización y Control, otros cánones municipales.

El contribuyente, de pagar solo el lado B, no quedaría en falta, ya que evitaría la suspensión del suministro de energía. Es lo que establece una resolución dictaminada por el Organismo Municipal Regulador de los Servicios Públicos (Omresp), que aprueba la nueva modalidad de facturación por exigencia de la Resolución 267/24 de Nación.

La factura llegó a algunos hogares. Y más allá de los dos puntos detallados precedentemente, también existe una tercera opción donde los contribuyentes pueden pagar ambos bloques, distinguidos por sus códigos de barra.

See Full Page