Con el propósito de establecer que el delito de estupro o la cópula con una persona mayor de quince años y menor de dieciocho años, se persiga de oficio y se contemplen agravantes, la diputada del Partido Acción Nacional, Carmen Rocío González Alonso, propuso modificaciones a los artículos 262 y 263 del Código Penal Federal.
Las agravantes serían cuando exista una diferencia de edad mayor a cinco años o más entre la persona activa y la víctima; se haya entregado dinero, favores, bienes materiales, drogas u otros beneficios con la finalidad de obtener el consentimiento; la víctima se encuentre en situación de vulnerabilidad, incluyendo pobreza, abandono, adicción, violencia familiar o discapacidad, y exista embarazo derivado de los hechos.
También se busca derogar el artículo 263 que dice