El Consejo de Estado decretó la suspensión parcial de las reglas que estableció el Consejo Superior de la Judicatura para el nombramiento en provisionalidad de las vacantes temporales para los cargos de juez y funcionario de carrera judicial.
La decisión se tomó en el curso de una demanda de nulidad que se interpuso contra el Acuerdo PCSJA24-12238 del 9 de diciembre del 2024 (expedido por el Consejo Superior de la Judicatura). La parte actora solicitó suspender provisionalmente los artículos 1º y 2º de este acto administrativo, porque, a su juicio, la autoridad que lo expidió se atribuyó competencias que no estaban previstas en la ley.
El Consejo de Estado accedió a la solicitud. Advirtió que, ante la vacancia temporal de un cargo de carrera judicial, la ley (inciso 2º del artículo 68 d