La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó la iniciativa para prohibir la venta y suministro de bebidas energéticas a personas menores de 18 años en establecimientos comerciales y mercantiles.
El dictamen fue avalado con 20 votos a favor, el cual adiciona la fracción II Bis al artículo 215, también adiciona el artículo 216 Ter y se reforma el artículo 419 de la Ley General de Salud, quienes incumplan con dicha prohibición serán sancionados en los términos previstos en el artículo 419 de la norma, es decir con multa de hasta dos mil veces la Unidad de Medida y Actualización.
En ese sentido se envió el dictamen a la mesa directiva de la Cámara de Diputados para continuar el trámite legislativo.
A su vez, fortalecen el marco normativo en materia de salud pública al materializar