El Tribunal Supremo ha confirmado este miércoles el rechazo a una demanda de conflicto colectivo del sindicato UGT que reclamaba que se facilitaran sillas ergonómicas a todos los trabajadores de una empresa acogidos a la modalidad de teletrabajo y no solo a quienes lo requerían por problemas de salud.

La Sala de lo Social argumenta en su fallo que ello no vulnera la igualdad respecto a los trabajadores presenciales al no ser la silla una condición de trabajo como puede ser el horario o la remuneración. Además, señala que este material no está contemplado ni en los acuerdos individuales de trabajo a distancia, ni en el convenio colectivo de aplicación de la empresa.

Para la Sala, "el riesgo ergonómico considerado genéricamente, no evaluado teniéndose en cuenta el concreto puesto de trabaj

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