La mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, no acudirá esta tarde al Juzgado. La citación del juez Peinado será atendida por su abogado, Antonio Camacho, posibilidad que acoge la Ley del Jurado y que aclara una circular de la Fiscalía General del Estado de 1995, informan a elDiario.es fuentes jurídicas. El delegado del Gobierno, Francisco Martín, asistido por la Abogacía del Estado, tampoco acudirá. Resta conocer qué decisión tomará la tercera imputada, Cristina Álvarez, asistente de Gómez en Moncloa, y que es representada por un abogado particular.

La Ley del Tribunal del Jurado especifica que, para este trámite, los imputados deben ser citados y estar “necesariamente asistidos de letrado de su elección o, caso de no designarlo, de letrado de oficio”. Sin embargo, no impone su presencia de forma expresa como sí lo hace para otras fases del procedimiento, como la celebración del juicio.

La  circular 4/1995  de la Fiscalía General del Estado, en aclaración de la Ley del Tribunal del Jurado, establece que “la presencia del imputado no es indispensable”, dado que ya conoce que se le está investigando. Añade, además, que en la comparecencia no se practican diligencias de instrucción y, por tanto, tampoco su declaración. Tan solo se concretan los términos de la imputación y siempre ante la presencia de su letrado. Según esta circular, la inasistencia del imputado no debe derivar siquiera en la suspensión de la comparecencia, lo que aleja otros escenarios como la declaración en rebeldía en caso de ausencia.

La Policía ha vuelto a situar esta tarde a los manifestantes en la acera de enfrente de los juzgados. Desde casi una hora antes de la citación a Gómez y los otros dos investigados, medio centenar de personas han respondido a la convocatoria de HazteOir, la organización ultracatólica que dirige la acusación popular y que dirige las protestas en el exterior cuando la esposa del presidente acude a los juzgados.

La decisión de citar a Begoña Gómez de nuevo en el juzgado para “concretar” la imputación del delito de malversación que podría derivar en un juicio ante un jurado popular es el último hito de una causa que el magistrado inició tras recibir una denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias sustentada en informaciones de prensa, algunas directamente falsas. En uno de sus primeros autos, el juez dejó claro que su pretensión era investigar “todos los actos, conductas y comportamientos que se han llevado a cabo por la investigada desde que su esposo es presidente del Gobierno de España” contenidos en esa denuncia. 

Desde entonces, la causa ha ido expandiéndose a otras derivadas como la posible malversación en relación con las labores de la asesora de la Moncloa que se encarga de gestionar la agenda y la seguridad de la mujer del presidente del Gobierno. Esta es la vía que ha explorado el juez para elevar la causa al Palacio de la Moncloa y donde trató sin éxito de implicar a Bolaños en una maniobra que  frenó el Tribunal Supremo . Los jueces del Alto Tribunal lo acusaron incluso de “omitir” información “relevante” para intentar implicar al titular de Justicia, en una actuación que investiga el Consejo General del Poder Judicial. 

Tras el revés del Supremo, Peinado optó por enmendarse a sí mismo y acordó en pleno agosto investigar por ese delito tanto a Begoña Gómez como a la asesora tres meses después de rechazarlo de forma expresa. En su última resolución de este martes, Peinado reconocía que en un primer momento  consideró que “no procedía”  investigar a Begoña Gómez y a su asistente por ese delito. Pero no explicó su cambio de criterio y se limitó a decir que los procesos judiciales están sometidos a un proceso de “cristalización progresiva”. 

Peinado había admitido en mayo, tres meses antes, que no había base para atribuir a Begoña Gómez delito alguno por el trabajo de la asesora porque no había indicios de que participara en su nombramiento y porque se había limitado a “hacer uso de sus servicios profesionales, aunque para fines personales”. Respecto a la asesora, el juez escribió que “no se alcanza a percibir en qué medida” pudo malversar dinero público “por desarrollar el trabajo que se le viene encomendando y percibir la cantidad que tiene asignada”.