Un principio esencial de nuestro sistema jurídico es el de proporcionalidad, que va unido al de razonabilidad y guarda relación estrecha con el concepto de justicia, que implica, como lo predicaba Ulpiano, dar a cada cual lo que le corresponde, no más, no menos, sino lo que es justo.
Al respecto, con ponencia del magistrado Carlos Gaviria Díaz, señaló la Corte Constitucional en la Sentencia C-022 de 1996:
“La teoría jurídica alemana, partiendo de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional Federal, ha mostrado cómo el concepto de razonabilidad puede ser aplicado satisfactoriamente sólo si se concreta en otro más específico, el de proporcionalidad. (…)El concepto de proporcionalidad comprende tres conceptos parciales: la adecuación de los medios escogidos para la consecución del fin per