Por: Dido Polo Monterrosa
Un contundente fallo del Consejo de Estado puso límites estrictos a las alocuciones televisivas del presidente, Gustavo Petro, para frenar su «uso inadecuado y desproporcionado», una decisión que el mandatario calificó de “simple censura” pero que el alto tribunal y juristas defienden como una barrera necesaria contra el abuso de poder y una protección fundamental al derecho de los ciudadanos a una información plural y diversa.
La sentencia, con fecha del 16 de septiembre de 2025, no solo estableció un manual de lo que puede y no puede hacer el jefe de Estado al dirigirse al país interrumpiendo la programación, sino que también activó una nueva controversia al ordenar a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) ejercer un control que derivó en acciones c