El Tribunal Supremo (TS) ha unificado doctrina y ha fijado en una sentencia que no pagar las pensiones de alimentos por hijo es una forma de "violencia económica ". Asimismo, el alto tribunal español establece que estas pensiones reconocidas pero no recibidas no pueden tenerse en cuenta para determinar si una persona puede ser beneficiaria del subsidio de desempleo . Así se pronuncia la Sala de lo Social en una ponencia de la magistrada Isabel Olmos, a raíz de un caso ocurrido en Andalucía, que pasó primero por el Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad.
El objetivo de la Sala Cuarta era determinar si, en caso de subsidio de desempleo, en el límite de ingresos de la unidad familiar, se deben incluir las pensiones por alimentos de los hijos a cargo del otro progenitor cuan