El estado de emergencia en Lima y Callao garantiza la libre movilidad de ciudadanos, sin restricciones en viajes nacionales e internacionales, según el Decreto Supremo n.º 124-2025-PCM.
El reciente estado de emergencia decretado en Lima y Callao ha despertado incertidumbre entre quienes tienen programados viajes por tierra o aire. Sin embargo, el decreto no impone restricciones a la movilidad de ciudadanos dentro o fuera de estas jurisdicciones, incluso mientras esté vigente la medida desde el miércoles 22 de octubre de 2025 .
Ni el texto oficial ni los comunicados posteriores mencionan prohibiciones de traslado, garantizando el funcionamiento normal del sector turístico y el desarrollo de las actividades laborales, familiares o académicas que implican desplazamientos locales,

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