La Sección Segunda del Consejo de Estado admitió para su estudio una acción de tutela presentada por un ciudadano identificado como Alberto Alfonso Meneses Manotas, en la que se rechaza el fallo del máximo juez de la administración pública que puso límites a las alocuciones del presidente Gustavo Petro.

En la tutela, el querellante alegó la presunta vulneración de sus derechos y garantías fundamentales a la libertad de expresión, información, participación política y pluralismo informativo. Además, pidió la aplicación de una medida provisional que deje sin efectos el fallo del Consejo de Estado del 16 de septiembre de 2025 –que limitó las alocuciones– hasta que se resuelva de fondo la acción de tutela que presentó.

Ahora puede seguirnos en Facebook y en nuestro WhatsApp Cha

See Full Page