El Pleno de la nueva Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las personas descendientes mayores de 18 años pueden solicitar la devolución de los saldos acumulados en la cuenta individual de ahorro de un trabajador fallecido sin la necesidad de acreditar dependencia económica.
De esta forma, la Corte fijó una nueva jurisprudencia de observancia obligatoria en todo el país para que hijas, hijos, nietos o nietas de un trabajador fallecido puedan acceder a estos recursos, con tan solo acreditar el parentesco y la inexistencia de beneficiarios con mayor derecho, como hijas e hijos menores.
“Esta decisión unifica el criterio en todo el país, dando mayor certeza y protección al patrimonio de las familias mexicanas”, señaló la Corte mediante un comunicado .
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