A pesar de que muchos de los empleados reciben pagos extras por sus recargos nocturnos y dominicales, existe un tipo de contrato que cambiaría luego de un fallo de la Corte Suprema.

Se trata de los empleados con , quienes deben estar a disposición de la compañía las 24 horas del día, debido a que ocupan puestos esenciales para el funcionamiento de la empresa.

Previo a la decisión de la alta corte, este tipo de contrato no tenía derecho al reconocimiento de horas extras ni compensatorios. Esto según el artículo 162 del Código Sustantivo del Trabajo.

La Corte reafirmó el concepto sobre el reconocimiento de pagos extras. | Foto: 123RF

“Quedan excluidos de la regulación sobre la jornada máxima legal de trabajo los siguientes trabajadores: los que desempeñan cargos de dirección, de conf

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