La Sala Penal de la corte constitucional declaró la exequibilidad condicionada de uno de los apartados del artículo 314 del Código del Procedimiento Penal, que regula las condiciones para sustituir la medida de aseguramiento por motivos de salud.
El pronunciamiento se centró en el cuarto parágrafo del artículo, el cual establece que solo se puede acceder al cambio de detención preventiva por enfermedad “grave” , siempre y cuando exista un dictamen médico. Para el alto tribunal, esta redacción resulta insuficiente y restrictiva, pues deja por fuera otros supuestos que también merecen protección.
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De acuerdo con la decisión: “La disposición demandada excluye in

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