El Tribunal Supremo ha estimado que el uso no autorizado del término Donut con fines comerciales constituye una violación de los derechos de marca del Grupo Bimbo , pese a que el término " dónut ", en minúscula y con tilde, se encuentra ya en el diccionario de la RAE .
La compañía ha calificado de " victoria legal histórica " la sentencia, que pone fin a nueve años de litigio y en la que el Supremo estima el recurso de casación de Bimbo Donuts Iberia , tras recordar que el proceso comenzó en 2017, ante el uso del término en el ámbito comercial por un tercero.
Para la empresa, esta decisión del tribunal " reconoce el renombre extraordinario, otorgándole la máxima protección legal ", ya que " el uso no autorizado y descriptivo del término Donut con fines comerciales

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