El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha acordado este miércoles la libertad provisional del ex secretario de Organización del PSOE, Santos Cerdán , encarcelado desde el pasado 30 de junio por orden del propio instructor dentro de la investigación sobre presuntas mordidas vinculadas a adjudicaciones de obra pública.

La decisión llega después de que en los últimos días se hayan practicado registros en varias empresas relacionadas con los supuestos cobros , diligencias que, según el juez, permiten disminuir de forma notable el riesgo de que el investigado pudiera interferir en la obtención de pruebas.

A pesar de ordenar su excarcelación, el magistrado ha impuesto medidas cautelares estrictas , entre ellas comparecencias quincenales, retirada de pasaporte y prohibición de salir del territorio nacional.

El riesgo inicial «muy intenso» queda ahora «seriamente mitigado»

En su auto, Puente recuerda que el ingreso en prisión se justificó por el riesgo «muy intenso» de destrucción, ocultación o alteración de pruebas , motivado por la relevancia de la documentación buscada y por el rol atribuido al investigado.

Sin embargo, el magistrado afirma que ese riesgo:
«aparece ya, como consecuencia de la investigación practicada hasta este momento, seriamente mitigado, habiéndose logrado obtener informaciones que, muy probablemente, hubieran resultado ocluidas o de muy difícil acceso –ante posibles intentos de ocultación, alteración o destrucción de sus fuentes–, y con las que ya se cuenta».

Con ello, el juez sostiene que las diligencias practicadas en la última fase de la instrucción han permitido asegurar pruebas relevantes cuya localización hubiera sido mucho más difícil meses atrás.

Los indicios se mantienen, pero no bastan para prolongar la prisión

El instructor deja claro que los resultados de la investigación refuerzan los indicios de criminalidad :

«El resultado de la investigación practicada no solo no ha diluido los consistentes indicios de criminalidad con los que ya se contaba en la causa, sino que, muy al contrario, los ha reforzado en buena medida y abierto nuevas líneas de investigación».

No obstante, recuerda que la existencia de indicios, por sólidos que sean, no justifica por sí sola el mantenimiento de la prisión preventiva:

«La existencia de estos consistentes indicios relativos a que el investigado pudiera haber cometido los ilícitos penales que se le atribuyen no justifica por sí mismo el mantenimiento de la prisión provisional».

La Ley de Enjuiciamiento Criminal exige que concurra además alguno de los riesgos procesales: fuga, reiteración delictiva o destrucción de pruebas .

El juez descarta riesgo de fuga y de reiteración delictiva

En cuanto al riesgo de fuga, Puente considera que no se aprecia un peligro grave y actual:

«No se identifica tampoco la presencia de un riesgo cierto y acusado de fuga o posible sustracción a la acción de la justicia».

Añade que este riesgo puede ser controlado mediante medidas cautelares menos gravosas que la prisión.

Sobre la posible reiteración delictiva , el magistrado también lo descarta:

«Puede ser razonablemente excluida, en la medida en que el investigado no ostenta en la actualidad cargo público alguno, ni tampoco conserva relación orgánica de dirección con el partido político del que fuera, en su día, Secretario de Organización».

Medidas cautelares: comparecencias y prohibición de salir de España

Aunque Puente considera mitigado el riesgo de destrucción de pruebas, no lo elimina del todo, motivo por el que acuerda imponer medidas para asegurar la disponibilidad del investigado:

  • Comparecer cada 15 días ante el Tribunal Supremo o el juzgado más próximo a su domicilio.

  • Comparecer cuantas veces sea llamado durante la instrucción.

  • Prohibición de salida del territorio nacional .

  • Retirada del pasaporte , que deberá depositarse en la Secretaría de la Sala Penal del Supremo.

Estas medidas, señala el auto, pretenden «asegurar su presencia en el procedimiento y dificultar la posibilidad de sustracción de la acción de la justicia».

Investigación reforzada y nuevas líneas abiertas

El instructor subraya que las diligencias recientes no solo han consolidado los indicios ya existentes, sino que han permitido abrir nuevas líneas de investigación sobre los presuntos cobros y las adjudicaciones cuestionadas.

Con la libertad provisional, la causa entra en una nueva fase en la que el Supremo continuará analizando la documentación incautada en los últimos registros.