La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata resolvió hacer lugar al recurso de apelación interpuesto por el Foro en Defensa del Río de la Plata, la Salud y el Medio Ambiente, y ordenó restablecer la vigencia de la cautelar que solicita el cumplimiento de la resolución judicial que obliga a los emprendedores de Puerto Nizuc a suspender el desmonte, movimiento de suelos y cualquier otro tipo de obra en la considerada 3 etapa del emprendimiento para no agravar el daño ambiental.
“Es necesario aclarar que durante el tiempo que tardó en salir esta medida de la Cámara (más de dos años) los emprendedores han continuado con la acción destructora de los recursos naturales”, explicaron desde el Foro.
En su fundamentación, el Juez Spacarotel señaló que “frente a la situación

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