El Gobierno de Javier Milei y el sector empresarial están trabajando en un borrador de reforma laboral que busca modificar aspectos clave de la legislación vigente. Este proyecto, que aún está en discusión, ha generado tensiones con la CGT, que lo considera un retroceso en los derechos laborales. La administración pretende unificar el documento antes de fin de año y presentarlo al Congreso como parte de un paquete de reformas estructurales.
Uno de los puntos más destacados del borrador es la reescritura del artículo 154 de la Ley de Contrato de Trabajo, que regula el esquema de vacaciones. Según el nuevo texto, los empleadores deberán otorgar el descanso anual entre el 1° de octubre y el 30 de abril del año siguiente, salvo que se acuerde un calendario diferente. Además, se formaliza la posibilidad de fraccionar las vacaciones, siempre que cada tramo tenga una duración mínima de una semana. Si las vacaciones coinciden con una licencia por enfermedad, el trabajador deberá reincorporarse al finalizar el período previsto o al concluir la licencia médica.
Otro aspecto relevante es la modificación del régimen de licencias por enfermedad o accidente no laboral. El nuevo artículo 26 establece que los trabajadores recibirán una prestación dineraria a cargo del empleador, que no será remunerativa ni contributiva, salvo para la obra social. La duración de esta prestación dependerá de la antigüedad del trabajador: tres meses para quienes tienen menos de cinco años y seis meses para quienes superan ese tiempo. Para aquellos con cargas familiares, la cobertura será de seis meses si tienen menos de cinco años de antigüedad y de doce meses si tienen más.
El borrador también redefine el cálculo de la indemnización por despido sin causa, modificando el artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo. Establece que, una vez superado el período de prueba, el trabajador deberá recibir un mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor a tres meses. La base de cálculo será la mejor remuneración mensual del último año, excluyendo el aguinaldo y otros conceptos semestrales o anuales. Para los trabajadores con remuneraciones variables, se tomará el promedio de los últimos seis meses o del último año, si resulta más favorable.
Además, se introduce la posibilidad de sustituir el régimen indemnizatorio por un fondo de cese laboral, que podría ser implementado mediante convenio colectivo. Este fondo sería el único mecanismo de compensación en caso de despido, lo que representa un cambio significativo en la legislación laboral actual. El Gobierno busca avanzar en este proyecto como parte de su agenda de reformas, mientras que la CGT continúa expresando su oposición a varios de sus puntos clave.

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