Una decisión de la Corte Constitucional ha marcado un precedente sobre cómo deben administrarse los espacios destinados al culto dentro de la propiedad horizontal en Colombia.
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El alto tribunal le ordenó a un conjunto residencial retirar las imágenes, estatuas o símbolos religiosos fijos en sus capillas comunales si esto afecta la libertad de cultos de alguno de los residentes, ordenando que estos lugares garanticen la neutralidad o se transformen en espacios multirreligiosos.
El pronunciamiento se originó tras la revisión de una tutela interpuesta por una residente del Condominio Casablanca. La mujer, quien profesa la fe cristiana, argumentó q

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