A partir de diciembre, los deudores alimentarios en Veracruz no podrán tramitar su licencia de conducir, informó la Secretaría de Seguridad Pública (SSP). La restricción deriva del Artículo 135 Septies de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, que establece diversas sanciones administrativas para quienes incumplen con el pago de pensión alimenticia.

La dependencia estatal detalló, a través de redes sociales, que para realizar cualquier trámite relacionado con licencias de manejo será obligatorio presentar el Certificado del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), documento que acredita si una persona se encuentra inscrita o no en el listado de deudores .

De acuerdo con la SSP, este certificado debe considerarse como un requisito más, al igual que lo

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