Por Fernando del Rio
Existe una “ley” que dice que en Mar del Plata debe haber un Registro Municipal de Cuidadores de Vehículos y que debe estar a cargo de la Policía Municipal. Esa ley es la Ordenanza N°2450 del año 1964 y no “existe”, porque ni existe el Registro ni mucho menos la Policía Municipal. Entonces la actividad no está prohibida, lo que está prohibido es que lo haga quien no esté en el registro. Por lo tanto, en la práctica, está prohibida.
Nadie puede ir preso por blandir un trapo y querer recibir una suerte de propina de un automovilista por un servicio que, a la vista está, es innecesario y, cuanto menos, extraño: ¿cuida el coche solo si se le paga?, ¿de quién o qué lo cuida? ¿ayuda a estacionar a los menos diestros?, ¿reserva lugares con autoridad concedida por quién?
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