En una decisión histórica, la Sala Plena de la Corte Constitucional declaró a los animales como “seres sintientes” y eliminó del Código de Ética de médicos veterinarios y zootecnistas la referencia que los calificaba como “cosas” .
La corporación determinó la inexequibilidad de las expresiones “son medios que” y “en la medida de su utilidad respecto de este” , contenidas en el artículo 12 de la Ley 576 de 2000.
Aunque la Corte aclaró que en el Código Civil los animales aún se consideran bienes, señaló que ese concepto responde únicamente a la necesidad de regular la propiedad privada y otros derechos asociados. En el ámbito constitucional, en cambio, los animales son reconocidos como seres sintientes, lo que impide verlos solo como instrumentos para el hombre y lo