El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) anuló en 2003 la licencia de instalación concedida por el Ayuntamiento de Madrid al empresario Sabiniano Gómez Serrano , suegro del actual presidente del Gobierno, Pedro Sánchez , y a su hermano Conrado Gómez para un establecimiento ubicado en el número 180 del Paseo de la Castellana .

La sentencia, dictada por una sala compuesta por cinco magistrados , consideró que los solicitantes de la licencia incurrieron en una falta grave de concreción sobre la actividad que realmente se iba a desarrollar en el local. El fallo judicial subraya que se pretendía ocultar que el establecimiento funcionaba como club de alterne , bajo la cobertura legal de una "sauna con servicio de bar".

Discrepancias entre los planos y la memoria del proyecto

Según consta en la sentencia, los promotores solicitaron la licencia como una "sauna con bar", pero los planos técnicos presentados mostraban la existencia de cinco cabinas de masaje , sin reflejo claro en la memoria descriptiva .

El tribunal concluyó que la autorización fue concedida sin que el Ayuntamiento conociera con precisión la actividad industrial y comercial prevista. La resolución judicial señala que se trató de una "licencia en blanco", donde la autoridad administrativa desconocía qué elementos y actividades se iban a instalar realmente en los espacios habilitados.

Contexto y antecedentes administrativos del caso

La primera solicitud para abrir el local se remonta a febrero de 1996 , cuando el Ayuntamiento denegó una licencia para instalar un "gimnasio con sauna, masaje y bar". El proyecto fue rechazado por no subsanar deficiencias técnicas detectadas. Posteriormente, en julio de 1996 , Conrado Gómez presentó una nueva solicitud como "sauna con servicio de bar", valorada en 1.257.830 pesetas .

Aunque el Ayuntamiento requirió aclaraciones, los nuevos planos aportados no resolvieron las incongruencias. Aun así, tras un informe técnico favorable emitido en abril de 1997 , la licencia fue concedida el 30 de mayo de ese año .

Motivos de la anulación por parte del TSJM

La sentencia, fechada en octubre de 2003 , detectó tres irregularidades esenciales :

  1. La actividad de masaje era en realidad la principal , según los planos, pero no aparecía reflejada con detalle en la memoria.

  2. Faltaba la descripción técnica de los elementos industriales necesarios para esa actividad.

  3. La supuesta sauna ocupaba una parte mínima del espacio, lo que contradecía la actividad declarada como principal.

Además, el tribunal señaló que las actividades de "sauna" y "masaje" no son equivalentes desde el punto de vista técnico ni legal, ya que están sujetas a regulaciones distintas bajo la normativa UNE y el Reglamento de Actividades Molestas, Insalubres, Nocivas y Peligrosas de 1961 .

Funcionamiento posterior del local

Pese a la anulación de la licencia de instalación, el local ha continuado operando durante años bajo distintas denominaciones, actualmente como "TC Castellana" , gestionado por la empresa Jomensa Fun SLU . La fachada se mantiene discreta , con ventanales tintados, y según comprobaciones del medio, el establecimiento funciona 24 horas como club de alterne , con habitaciones privadas , colchones, espejos y duchas.

Vecinos del edificio han denunciado ruidos, incidentes y altercados vinculados a la actividad del local desde hace más de tres décadas .

Historial delictivo y procedimientos administrativos

El establecimiento ha sido objeto de múltiples intervenciones policiales y denuncias administrativas:

  • En 2011 , un individuo fue detenido en el interior del local portando una placa policial falsa, una pistola neumática y un transmisor .

  • En 2020 , se denunció el hurto de un iPhone X , valorado en 800 euros.

  • En 1989 , el Tribunal Supremo declaró a Sabiniano Gómez responsable civil subsidiario por la muerte de un trabajador electrocutado en otro de sus locales, la Sauna Adán .

A lo largo de los años, se han dictado al menos diez sentencias relacionadas con los negocios de los hermanos Gómez Serrano , muchas de ellas por irregularidades laborales, molestias vecinales , o licencias y horarios de apertura no autorizados.

Negocio estructurado en torno a licencias encubiertas

Según consta en resoluciones judiciales, la red de prostíbulos gestionada por los Gómez Serrano incluía varios locales en Madrid y otras provincias, operando bajo licencias de "centros deportivos" o "saunas" para evitar el cierre administrativo.

En 2001 , el Tribunal Supremo confirmó que en el establecimiento "Sauna Princesa" se ejercía prostitución. Se documentaron prácticas económicas como tarifas de hasta 300 euros por hora , reparto de beneficios con las trabajadoras , y pagos en efectivo sin registro fiscal .