El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) ha expresado su malestar por la inclusión en el proyecto de ley de Información Clasificada , promovido por el Ministerio de la Presidencia, de una cláusula que deroga parcialmente la ley que regula el funcionamiento del servicio de inteligencia .

La medida afecta al artículo 4.f) de la Ley 11/2002 , vigente desde hace más de dos décadas, que otorgaba al CNI la competencia para velar por el cumplimiento de la normativa relativa a la protección de información clasificada . Según fuentes gubernamentales consultadas por THE OBJECTIVE , esta función pasaría ahora a una nueva Autoridad Nacional que quedaría bajo el control directo del Ministerio de la Presidencia .

Una modificación incluida en el texto final sin consulta previa

El cambio fue introducido por el ministro Félix Bolaños en la versión final del anteproyecto que el Consejo de Ministros aprobó el pasado 22 de julio , según confirman fuentes del Ejecutivo. La derogación específica del artículo 4.f) no figuraba en los primeros borradores que circularon entre los ministerios afectados — Presidencia, Defensa, Exteriores e Interior —, donde sólo se mencionaba la derogación de la Ley de Secretos Oficiales de 1968 y otras disposiciones de rango similar o inferior.

El redactado definitivo, sin embargo, incluyó de forma expresa la eliminación de esa atribución del CNI , lo que ha generado inquietud interna dentro del propio servicio, según indican fuentes cercanas al centro.

Nuevo organismo bajo Presidencia para controlar la información clasificada

El nuevo texto legislativo establece que las funciones de control, acceso, clasificación, desclasificación y destrucción de información clasificada pasarán a estar bajo responsabilidad de la Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada , un ente que dependerá directamente del Ministerio de la Presidencia .

La iniciativa implica que funcionarios ajenos al CNI puedan tener acceso y capacidad de decisión sobre documentos internos del servicio de inteligencia, algo inédito desde que España cuenta con una agencia formal de inteligencia.

Reacción del Ministerio de Defensa: Robles se desmarca

Según las mismas fuentes, la ministra de Defensa, Margarita Robles , retiró su firma del documento final presentado al Consejo de Ministros tras conocer la modificación de última hora que afectaba al CNI. El texto finalmente aprobado solo lleva la firma del ministro de Exteriores, José Manuel Albares .

En un intento de evitar el rechazo de Interior, Bolaños introdujo cambios que amplían la potestad de clasificación de los responsables de Seguridad e Instituciones Penitenciarias , ambos bajo el mando de Fernando Grande-Marlaska .

Además, para acercarse a Defensa, se eliminó una mención que describía al Ministerio de la Presidencia como “la sede más idónea” para gestionar información sensible, y se reforzó la redacción sobre la protección de datos clasificados de la OTAN , una de las exigencias de la Alianza Atlántica.

Una función vigente desde 2002, ahora en entredicho

El artículo afectado, el 4.f) de la Ley 11/2002 del CNI, otorga al servicio la competencia de "velar por el cumplimiento de la normativa relativa a la protección de la información clasificada" . Esta función se considera fundamental dentro del marco operativo del CNI, especialmente en lo que respecta al control interno de documentos con diferentes niveles de clasificación.

El texto fue acordado en su día entre PP y PSOE durante el segundo mandato de José María Aznar , y fue concebido como respuesta a los escándalos del anterior CESID en los años noventa, incluyendo escuchas ilegales y falta de supervisión judicial.

Precedentes legislativos y tensiones institucionales

Desde su aprobación en 2002, la ley que regula el CNI apenas ha sido modificada , salvo por pequeños ajustes en la composición de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos de Inteligencia . Ningún Gobierno anterior, independientemente de su signo político, había planteado hasta ahora modificar las competencias del CNI por vía de derogación explícita .

Las fuentes que han mostrado su disconformidad con esta medida advierten que el movimiento legislativo introduce un cambio estructural en la arquitectura institucional de la seguridad nacional, y que debería haber sido negociado con el CNI y con Defensa antes de ser elevado al Consejo de Ministros.

Tramitación parlamentaria pendiente y posible revisión

El proyecto de ley fue registrado en el Congreso tras su aprobación en julio y se encuentra actualmente en fase de tramitación parlamentaria . Algunas fuentes del Ejecutivo reconocen que el artículo podría ser objeto de enmienda si así lo exigen los grupos parlamentarios durante el debate en comisión.

Fuentes del entorno del CNI mantienen la esperanza de que la disposición sea revisada o eliminada en el trámite legislativo, como ha ocurrido anteriormente con otras propuestas de reforma que afectaban a la Ley de Secretos Oficiales .

Funciones de la nueva autoridad nacional

La nueva Autoridad Nacional para la Información Clasificada , tal y como está definida en el borrador, tendría capacidad para:

  • Establecer criterios de clasificación y desclasificación.

  • Autorizar el acceso a documentación clasificada.

  • Supervisar los niveles de seguridad en organismos públicos y empresas contratistas.

  • Coordinar con socios internacionales la protección de información confidencial.

Esta transferencia de competencias implica una descentralización funcional respecto al CNI, que, hasta ahora, gestionaba internamente estos procesos dentro de sus estructuras operativas.