El Tribunal Constitucional (TC) ha emitido una resolución que establece límites claros a las investigaciones que puede realizar la Fiscalía de la Nación sobre presidentes en funciones. Según el TC, la Fiscalía solo está habilitada para llevar a cabo actos de investigación que sean urgentes, inaplazables y estrictamente necesarios, siempre que las circunstancias del caso lo justifiquen y respetando la dignidad del cargo presidencial.

Esta decisión surge a raíz de una demanda competencial presentada por el Poder Ejecutivo, que buscaba fijar límites a las indagaciones del Ministerio Público hacia los presidentes. El TC considera que es fundamental evitar la interpretación errónea de que la Fiscalía puede realizar investigaciones de manera indefinida, lo que podría perjudicar al primer mandatario y desvirtuar la protección de la institución presidencial.

Además, el Tribunal ha declarado improcedente una solicitud de la Defensa Legal de la presidenta Dina Boluarte, que pedía aclaraciones sobre una sentencia anterior que suspendía las investigaciones en su contra hasta el final de su mandato en julio de 2026. Los argumentos presentados por la defensa no fueron considerados pertinentes por el TC, que reafirma su postura sobre la necesidad de que las investigaciones sean limitadas y respetuosas del cargo presidencial.

En resumen, el TC ha dejado claro que la Fiscalía de la Nación debe actuar con prudencia y solo en situaciones que realmente lo requieran, garantizando así la dignidad del cargo presidencial y evitando abusos en el proceso de investigación.