
El juez Juan Carlos Peinado comunicó esta semana a Begoña Gómez que, si finalmente se sienta en el banquillo por el delito de malversación que le atribuye por las tareas que realizó su asistente, será un jurado popular quien determine si es o no culpable. Las partes pueden pedir que se modifique el procedimiento si consideran que los delitos no son competencia del jurado, pero, si todo sigue adelante, serán nueve ciudadanos, elegidos por sorteo, los encargados de decidir si se creen a las acusaciones o a las defensas.
En España, la composición de los nueve miembros y dos suplentes del jurado se decide entre los vecinos de un mismo municipio, dentro de la provincia en la que se ha cometido el delito, según la Ley del Tribunal del Jurado , que data de 1995. Tienen que ser españoles y mayores de edad, saber leer y escribir, poder ejercer sus derechos políticos y no tener una discapacidad psíquica o física que impida el desempeño de sus funciones.
Los ciudadanos de a pie solo pueden enjuiciar delitos contra las personas, los cometidos por funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos, contra el honor y contra la libertad y seguridad. Entre estos delitos está incluida la malversación de caudales públicos, aunque son pocos los casos de este tipo penal que enjuician. El año pasado, por ejemplo, solo uno de los 48 juicios con jurado en la Audiencia de Madrid se refería a malversación, según indican a EFE fuentes jurídicas.
La mayoría de las sentencias emitidas por un jurado popular son condenatorias. Según los últimos datos del Consejo General del Poder Judicial , que datan de 2016, el 92,3% del total (193 de 209) fueron condenatorias.
¿Cómo se forma el jurado?
La lista de candidatos a jurado −que podrán ser llamados o no− se realiza cada dos años por sorteo dentro del censo electoral. Hay varios impedimentos: estar procesado, cumplir condena por delito doloso o estar suspendido de cargo público, entre otras. Tampoco pueden formar parte de un jurado popular los diputados y senadores, la familia real o los miembros en activo de la carrera judicial y fiscal; así como las personas que tengan vínculos familiares, amistad o interés directo o indirecto en la causa.
Cada vez que hay una causa, con una antelación de un mes con respecto a la primera vista del juicio, se hace un sorteo de entre los candidatos a jurados de la lista para elegir a 36 candidatos. Hay un periodo de excusas en el que los candidatos pueden exponer sus motivos para no participar en un cuestionario. La Fiscalía y las demás partes, a quienes se ha debido entregar previamente el cuestionario que han respondido los candidatos a jurados, podrán formular recusación por concurrir falta de requisitos o cualquiera de las causas de incapacidad o incompatibilidad. Y después de esto, si todavía quedan al menos 20 ciudadanos, se procederá a otro sorteo para seleccionar a los nueve jurados que formarán parte del Tribunal, y otros dos más como suplentes.
¿Se puede recusar a los miembros elegidos?
Sí. Las partes, después de formular las preguntas que quieran (y que el magistrado que preside el tribunal declare pertinentes) podrán recusar sin alegar ningún motivo determinado hasta cuatro por parte de las acusaciones y otros cuatro por parte de las defensas, según recoge la Ley.
¿Qué ocurre durante el juicio?
Los miembros del jurado tienen derecho a ausentarse del trabajo de forma justificada y la Ley contempla una retribución por cada día que dure el juicio de 67 euros , además de indemnizaciones por gastos de viaje en vehículo particular, alojamiento y gastos de manutención en caso de ser necesarios.
Los ciudadanos tienen que pronunciarse sobre los hechos, pero nunca realizan calificaciones jurídicas. Durante el desarrollo del juicio, el tribunal puede realizar preguntas a los testigos, acusados y peritos. El juez es el encargado de decidir si las cuestiones son procedentes o no, como en cualquier otro proceso.
Al final, el presidente del tribunal tiene que entregarles una hoja con los hechos concretos para que ellos declaren si han sido probados o no probados, y deben emitir un veredicto de culpabilidad o inocencia. Para el de culpabilidad se necesitan siete votos, mientras que para la inocencia son cinco. Es el magistrado el que debe dar forma jurídica al veredicto y acatarlo, salvo que se produzcan contradicciones en los hechos probados o haya defectos en la votación.
Durante la deliberación, los nueve ciudadanos permanecen incomunicados con el exterior. De esta forma se pretende evitar la influencia que puede tener la información de los medios de comunicación o incluso que la realización de llamadas relacionadas con el caso, por ejemplo.
Eso no quita que, en casos como este, los ciudadanos ya conozcan cómo ha transcurrido el procedimiento: el juez Peinado lleva más de un año investigando a Begoña Gómez. Varios dirigentes socialistas han puesto en duda que este juicio pueda hacerse con jurado popular: “Me da la impresión de que la figura del juzgado popular está pensada en nuestro procedimiento para otros supuestos”, ha dicho, por ejemplo, Page.
La causa de los trajes de Francisco Camps es otro de los ejemplos de juicio con mucha relevancia mediática: en 2012, el jurado le declaró a él y al exdirigente regional del PP Ricardo Costa “no culpables” por cinco votos a cuatro de un delito de cohecho pasivo impropio al no considerar demostrado que la trama Gürtel le hubiera regalado unos trajes de Milano . Un militante del PP que había estado presente en todas las sesiones del juicio, Carlos Lirio, fue fotografiado en la terraza del hotel donde se alojaba el jurado. El Supremo confirmó la decisión un año después.