“En cuanto a la participación a título de autor, cómplice o cooperador necesario, no se alcanza a percibir, en qué medida la destinataria del nombramiento, en este caso, la querellada, Cristina Álvarez, por desarrollar el trabajo que se viene encomendando, y percibir la cantidad que tiene asignada, pueda tener responsabilidad penal alguna, en la presunta malversación ”. Juez Peinado, auto 5 de mayo de 2025.

“ El funcionario ilícitamente destinado a cubrir necesidades o utilidades privadas de su superior [ Begoña Gómez] no puede cometer el delito de malversación ”.

“ Tampoco su superior cometería delito de malversación, porque para eso sería necesario que [Cristina Álvarez] “cobrara un sueldo sin prestar ninguna de las funciones para las que estaba contratada”. Audiencia Provinc

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