CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Por primera vez la nueva conformación de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizó la penalización del aborto forzado del Estado de Zacatecas y declaró que el Congreso local incurrió en una deficiencia que viola el derecho a decidir de las mujeres y personas gestantes.
Por unanimidad, el Pleno de la Corte invalidó la frase “con o sin el consentimiento de la víctima” del artículo 311 Bis del Código Penal de Zacatecas, que describe el delito de aborto forzoso.
Ello, al considerar que dicha frase genera confusión respecto a quién será considerada víctima de este delito ante las autoridades zacatecanas, lo que abre la posibilidad a que la mujer o personas gestantes sean consideradas copartícipes del delito.
El proyecto fue realizado por la ministra